El siguiente, es un ensayo, que analiza críticamente: "El marco legal para
la paz"
ANÁLISIS CRITICO DE CUATRO COMPONENTES DEL MARCO LEGAL PARA LA PAZ
1. RESUMEN
Análisis del primer capítulo de la ley 975 de 2005 y sus nueve artículos, tras seis años de argumentaciones de índoles políticas, la modificación está adscrita como Marco legal para la paz, igualmente, permitirnos la sustracción de cuatro componentes esenciales: Victimas, victimarios y fuerzas armadas, al finalizar, pretendimos unirlos, de modo que, al hacer una confrontación mediática, social y política, los resultados se adjuntaban a algunas frases de tiempo, que se asemejaban a la realidad nacional.
2. INTRODUCCIÓN
A partir del atentado perpetrado contra el ex - ministro Fernando Londoño Hoyos, dió como resultado el resurgimiento de un tema: ley del marco legal para la paz, que no es otra cosa, sino la modificación de la ley 975 de 2005, que proponía resarcir los malos procesos de administraciones anteriores, auxiliar a las víctimas de la hostilidad, pero también, de una u otra forma a los victimarios.
La pregunta es ¿Qué tan beneficiosa puede llegar a ser esta ley?. Sabemos de antemano, que el conflicto armado en Colombia ha sido una excusa perfecta para el gobierno, quienes han provocado prolongados alargamientos de debates; quizá por algunos intereses pecuniarios que van de por medio.
En resumidas cuentas, el marco legal para la paz demuestra la ineficacia del gobierno, prorrogas sin consideración y exageradas peticiones por parte de las víctimas. Inclusive los victimarios están amparados por esta ley, quienes ven en esta, una afable salida a los tremendos líos judiciales en los que están envueltos.
Como objetivos esenciales en este ensayo: Analizar la polémica ponencia y develar críticamente su primer capítulo y sus nueve artículos. Mostrando, apartes como a) la reincorporación a la sociedad de los subversivos y todo lo que esto acarrea, b) reparación de las víctimas, restitución psicológica y material, c) Que, sobre las fuerzas armadas, entrelazándolos en un punto de encuentro: d) la verdad, Posteriormente se plasmarán las conclusiones pertinentes al tema. Para ello, los referentes bibliográficos a tratar se delimitan a partir de lo concerniente a la ley 975: Noticias, comentarios, ensayos y consultas de la misma, análisis de audio, etc.
3. DESARROLLO
a) LA REINCORPORACIÓN
El objetivo primordial de la ley 975 de 2005 no son otras, sino la reincorporación individual o colectiva a la vida civil de miembros de grupos armados al margen de la ley y reparación de las víctimas, expresado en el artículo 1°, con esto, se pretende demostrar ante la sociedad, que la justicia colombiana es inequitativa, ¿Cómo es posible que una persona que estuvo al margen de la ley por tantos años y fue parte de una campaña terrorista se pueda reincorporar a la sociedad sin mayor aspaviento?.
Tanto así, que un ex - terrorista consigue un empleo mucho más fácil, que una persona del común que no tiene ningún crimen en su haber, he ahí la ilógica circunstancia. A nivel gubernamental, la justicia colombiana mide los intereses de sus infractores y a cambio, se negocian o se otorgan dadivas.
Luego, la misma ley afirma: “Se garantizan los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación” (ley 975, 2005).
Dando pie a otro interrogante: ¿Acaso el flagelo de la guerra no ha sido lo suficientemente traumático tanto para victimas como para victimarios?.
En un país, donde los rencores y los actos vandálicos están a la orden del día, otorgarle la libertad a un actor bélico, no solo se constituye en un riesgo inminente, sino que, sería la apología a la segunda parte de la guerra en Colombia, es que hablar de reincorporación en sociedad no debe ser un asunto meramente político, concierne a estudios especializados; como los psicológicos, así lo demuestra el artículo 8° Derecho a la reparación (2005, ley 975.), pero, no se cuenta con que las dos caras del conflicto (terroristas y victimas) se han dañado mutuamente por muchos años y se han alimentado y exteriorizado cualquier cantidad de comportamientos punibles y lesivos, entonces: ¿Quien será el primero o el último en responder?, la ley y la sociedad lo contestarán.
“La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados”.
Groucho Marx (1890-1977) Actor estadounidense.
b) JUSTICIA Y REPARACIÓN
Hace más de 50 años, guerra y política han pasado por encima de la población, lo peor, es que en muchos de estos casos, las incontables pérdidas humanas o materiales y la respuesta por parte del gobierno ha sido negativa o casi que nula, sin embargo, cuando se habla de “reparación de victimas” pareciera que la semejanza es la misma a un automóvil, ¿tan mecánicos, inertes e indoloros nos considera nuestro gobierno?.
En sus publicaciones, el periódico El Colombiano de Medellín, asegura que: “Se estima que en el país hay 2,8 millones de personas que esperan su reconocimiento como víctimas. Muchos de ellos perdieron no solo a sus seres queridos sino sus tierras”.
El artículo 5° de la ley 975 de 2005 es clara en definir a una víctima, para lo cual señala:
(Para los efectos de la presente ley se entiende por víctima la persona que individual o colectivamente haya sufrido daños directos tales como lesiones transitorias o permanentes que ocasionen algún tipo de discapacidad física, psíquica y/o sensorial (visual y/o auditiva), sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo de sus derechos fundamentales. Los daños deberán ser consecuencia de acciones que hayan transgredido la legislación penal, realizadas por grupos armados organizados al margen de la ley).
A la postre, la modificación de esta ley o Marco legal para la paz, se adelanta, en parte, por la incertidumbre con relación con los hechos que han denunciado victimas, entonces, si la ecuación es correcta: Ley mas incesante ruego es igual a cumplimiento; pero esto ya no es de extrañar. Lo insólito, es que tiempo después del atentado ocurrido hace dos semanas en contra del ex - ministro Fernando Londoño, en la ciudad de Bogotá, se vuelven a retomar los debates y esta vez, con mucha más fuerza para la aprobación de esta ley . Eso quiere decir, que los principios de equidad y buenas políticas de las que tanto se hablan y se ufanan algunos políticos son poco veraces y muy excluyentes, al parecer, la oligarquía de este país sigue mandando la parada.
“La política es el arte de obtener el dinero de los ricos y el voto de los pobres con el pretexto de proteger a los unos de los otros”.
Anónimo
c) FUERZAS ARMADAS
Es bien sabido, que las fuerzas armadas de Colombia o propiamente, El Ejercito Nacional, presentan su propia legislación. Al parecer, esta parte, o bien, la ignora la ley 975 o pretende ser equitativa, es un poco ambiguo el contexto, para no suponer que no existirá impunidad.
En tal caso, se podrían develar algunos intereses particulares para el gobierno en conjunto con El Ejercito y con eso de “ política armamentista” o para ser más exactos “terrorista”, eximiría al frenesí de guerra entre “paras”, guerrilleros y soldados. Volvemos a insistir nuevamente, con llevar a cabo procesos sicológicos, porque la ley 975 de 2005 es un tanto paradójica, luego, quienes hicieron parte de dichas confrontaciones armadas sean inocentes o culpables, no se estima el resultado de sus verdaderos actores, quienes vienen trastornados del acontecer de la guerra.
Un seguidor de la emisora Caracol Radio (100.9), se manifestó en la página web de la misma, con respecto al Marco legal para la paz (ley 975 de 2005, modificación,) y esto fue lo que opinó:
El usuario titula: “Si no hay justicia no habrá verdadera paz"
(Porqué meter a los militares en esto, si ellos ya tienen una legislación que investiga, juzga, y castiga los delitos que puedan cometer? además, si esa legislación no funciona para eso están las cortes internacionales de justicia. creo que si se va a hacer algo, debe hacerse bien. está claro que al meter a todo el mundo en el mismo saco se están dejando impunes demasiados crímenes de lesa humanidad cometidos por las fuerzas del orden, y perpetrados al margen de la confrontación armada).
Al analizar los comentarios, se denota el inconformismo que demuestra el público, pues creen que esta ley incentivará el terrorismo en el país y reinará la impunidad.
“La guerra vuelve estúpido al vencedor y rencoroso al vencido”.
Friedrich Nietzche
d)LA VERDAD
Tras seis años de discusiones y prolongados debates sobre la ley 975 o su modificación, conocida, como Marco legal para la paz, ofrece varios interrogantes, escondidos tras un telón plagado de temas a tratar y que el público no entiende o no demuestra mayor interés porque ya conoce el desenlace de esa cruel historia legislativa: Nosotros, perjudicados.
Por ejemplo, el concepto de justicia transicional, muy tratado por estos días, por cierto; que no es otra cosa sino, el poder juzgar en masa a quienes están esperando su condena, es decir, de 30 mil desmovilizados existentes, el juicio correspondiente tendría que hacerse uno por uno, algo muy dispendioso, no obstante, lo que determina esta ley, es a nivel general.
Según el ministro de justicia, Juan Carlos Esguerra, autor del Marco legal, y el senador ponente Roy Barreras en entrevista con Caracol Radio, coinciden en: “No se rebajarán penas, no habrán indultos ni amnistías”
Lo curioso es, que con esta ley, quienes están siendo juzgados podrían formar y conformar partidos políticos, pero no serían elegidos en cargos populares.
Seguramente, esto afianza la calidad justiciera con que se está tratando dicha ley. Ahora bien, tanto senador como ministro coinciden y puede que tengan razón, pero: o es muy lucrativa, o muy sensata y caritativa, ¿Qué creer?, igualmente, seguiremos en el plano apocalíptico, con esto, tenemos un punto álgido en cuanto a criterio se refiere.
Respecto a eso, los artículos 6°, 7° y 8°, constatan veracidad y elocuencia hacía las víctimas, entre tanto, conocer la verdad por parte de las víctimas, realizar las investigaciones pertinentes por parte del estado y una reparación que va desde indemnización por pérdidas materiales, rehabilitación, hasta la satisfacción de las afectados.
El marco legal para la paz (ley 975) ha sido sometido a la opinión pública, aparentemente, se consolida y se imagina sobre una paz duradera, mas que soñada, pero, siendo honestos, tanto civiles como actores armados y políticos ven sus propios intereses en común, sin embargo, la verdad, esa inmutable y perpetua que todos conocemos acerca de la política y sus leyes (unas mas arbitrarias que otras), solo están hechas para la exclusión social y beneplácitos oligárquicos.
“Arréglese al estado como se conduce a la familia, con autoridad, competencia y buen ejemplo”.
Confucio (551 AC-478 AC) Filósofo chino.
4. CONCLUSIONES
· El marco legal para la paz, pretende ser un ente integrador entre afectados y criminales.
· Los actores armados presentan los mismos derechos que los civiles.
· La justicia apela a favor de las víctimas, señalando a quienes les causaron perjuicio lo tienen que redimir de alguna manera.
· Los intereses políticos están provistos en los cuatros puntos tratados con anterioridad: victimas, victimarios y fuerzas armadas. Intereses particulares de la vida política.
· Será un riesgo inminente la reincorporación a la sociedad de los ex terroristas, puesto que sus trastorno es llevadero y agobiante.
· Se constata una vez más, que debido a la presión civil, se expone la normatividad, es decir, la ley 975.
· Nuevos términos influyen en el acontecer nacional, por ejemplo: justicia transicional, eso suena a “justicia manipulada”.
Hablar de paz y ejecutar su proceso, es un tanto imaginario por estos días, ya que la sociedad ve con ojos de remordimiento la cotidianidad.
5. BIBLIOGRAFÍA
http://www.elheraldo.co/noticias/politica/senado-comienza-estudio-y-debate-del-marco-legal-para-la-paz-68935
· http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2005/ley_0975_2005.html
· http://www.wilsonarias.com/index.php?option=com_content&view=article&id=1135:iel-gobierno-hace-qadanismoq-en-ley-de-restitucion-de-tierras&catid=64:medios&Itemid=158
· http://www.proverbia.net/citastema.asp?tematica=58
· http://www.caracol.com.co/noticias/actualidad/aprobacion-del-marco-para-la-paz-se-dio-por-atentado-contra-fernando-londono-garzon/20120524/nota/1693523.aspx
· http://www.caracol.com.co/audio_programas/archivo_de_audio/habra-sistema-de-justicia-transicional-para-los-militares-ministro-de-justicia/20120531/oir/1697694.aspx
· http://www.proverbia.net/citastema.asp?tematica=107